jueves, 1 de septiembre de 2011

ORDENANZA MUNICIPAL

REGULACIONES ESPECIALES PARA EL EXPENDIO DE PRODUCTOS DIVERSOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

OBJETIVOS.-

El objetivo de la presente ordenanza municipal es normar y regular el expendio de bebidas alcohólicas en los establecimientos del distrito de Marco, el mismo que debe brindar las mínimas condiciones de comodidad y adecuar el establecimiento.

ALCANCES.-

El alcance de la presente ordenanza municipal es a nivel del territorio del Distrito de Marco y anexos.

PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.-

DEL HORARIO DE ATENCÓN Y RESTRICCIONES.-

Ø El expendio de las Aguardiente y derivados en los establecimientos será a partir de las 3:00 p.m. hasta las 9:00 p.m. y en días festivos la atención será hasta las 11:00 pm.

Ø Esta totalmente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad de acuerdo a lo establecido en la Ley correspondiente.

Ø La música dentro del establecimiento no debe exceder los niveles permitidos ni causar molestias a los vecinos.

Ø Esta totalmente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de dudosa procedencia o que no cuenten con el control sanitario respectivo, bebidas adulteradas, etc.

Ø Queda totalmente prohibido la apertura de Bares y Cantinas cien (100) metros a la redonda de las instituciones educativas del distrito de acuerdo a Ley.

ACONDICIONAMIENTO DEL ESTEBLECIMIENTO.-

El establecimiento para el expendio de bebidas alcohólicas debe de cumplir con el acondicionamiento siguiente:

Ø Instalar o acondicionar un Urinario o similar.

Ø Contar con un tacho de basura dentro del establecimiento.

Ø Mantener limpio en frontis de los establecimientos.

SANCIONES.-

PRIMERA INFRACCIÓN.-

· Llamada de atención y reporte en el registro de establecimientos infractores a la ordenanza municipal.

· Multa simbólica de S/. 20.00 Nuevos Soles.

SEGUNDA INFRACCIÓN.-

· Clausura preventiva del establecimiento por el espacio de 15 días.

· Reporte por reincidencia al Registro de Infractores y a la autoridad correspondiente.

· Multa por infracción de S/. 150.00 Nuevos Soles

TERCERA INFRACCIÓN.-

· Clausura definitiva del establecimiento reportando de los hechos a la Policía Nacional del Perú y al Juzgado de Paz.

· Suspensión de la Licencia de Funcionamiento Municipal.

· Denuncia ante la autoridad respectiva (en caso de falta grave o cause daños a la salud y la integridad).

· En caso de apertura a la clausura, tapiado de la puerta del establecimiento con apoyo de la autoridad.

PARA EL EXPENDIO DE GAS Y DERIVADOS

ACONDICIONAMIENTO DEL ESTEBLECIMIENTO.-

Ø El establecimiento debe contar con un espacio especial apartado de la emisión de fuego, totalmente aislado de la contaminación con otros productos especialmente del pan llevar.

Ø Debe contar con un extintor vigente en caso de siniestros.

Ø Solicitar la Licencia de Municipal con el nuevo rubro de venta.

Ø Contar con un personal con conocimientos en el manejo de Gas.

CONTROL DE PESAS Y VENCIMIENTO DE PRODUCTOS

La Municipalidad Distrital de Marco en su afán de velar por el bien del consumidor realizara el control de las pesas y medidas de los productos que se expenden en los establecimientos de su jurisdicción; para ello implementa la Ordenanza Municipal para realizar la Campaña de Control de pesas de las balanzas y vencimiento de los productos según el siguiente detalle:

· Control de Balanzas de los establecimientos,

· Calibrado de las Balanzas que se encuentran en estado defectuoso o en su defecto notificar el retiro de balanzas el mal estado,

· Verificado de la fecha de vencimiento de los productos que se expenden en los establecimientos,

· Ordenar el retiro de los productos con fecha de vencimiento caducados,

· Notificación a los dueños de los establecimientos sobre las observaciones realizadas.

· En caso de reincidencia, proceder de acuerdo a Ley (decomiso de los productos, incineración de los productos incautados con la presencia del Juez de Paz, Policía Nacional de Perú y el Fiscal,

· Cierre de los establecimientos comerciales por peligro a la vida y la salud de los consumidores.

INSTITUCIONES INVOLUCRADAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS

Para el logro de las metas previstas en la presente Ordenanza Municipal, se realizara las coordinaciones con la Gobernación del Distrito, el Juzgado de Paz, el Centro de Salud, la Fiscalía y otras dependencias competentes.

LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS TIENDAS COMERCIALES

Así mismo dentro del marco de la formalización de los establecimientos comerciales que vienen funcionando en el distrito se efectúe un control y seguimientos de las licencias de funcionamiento sobre la Permanencia del giro del negocio, ampliación y emisión de Licencias de funcionamiento así como la renovación de las licencias de acuerdo a las categorías establecidas en el TUPA.

La implementación de la presente Ordenanza Municipal se realizara a partir del 01 de setiembre del 2011, para el cual se llevo a cabo la reunión informativa y de coordinación con los propietarios de los establecimientos comerciales el día jueves 18 de Agosto.

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